La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo desestima otra petición de la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos para la provisión de equipos de protección a todos los hospitales de España como medida cautelarísima inaudita parte. Argumenta que la cuestión jurídica a resolver en este momento no es la insuficiencia de medios sino si puede ser reprochada como resultado de una inactividad antijurídica de la Administración y no cuenta con elementos suficientes para adoptar un requerimiento de ese tipo sin escuchar antes a la Administración.
Nota: los Juzgados que sí están admitiendo la entrega de material como medida cautelarísima son de la Jurisdicción Social.
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